Consejería de Derechos de los Pueblos Indígenas, DDHH y DIH
Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC)
Fecha Mayo 23 de 2013
Asunto:
Solicitud de acción URGENTE por confinamiento, vulneración a los Derechos Fundamentales y una grave infracción al Derecho Internacional Humanitario en contra del Pueblo Awá.
Organización Lugar: Cabildo Nulpe Medio (Awain minta uzkɨntimtan), filial del Cabildo Mayor Awá de Ricaurte- CAMAWARI y de la ONIC Resguardo Nulpe Medio Alto Río San Juan, Municipio de Ricaurte, Departamento de Nariño.
Hechos:
Teniendo en cuenta la información reportada por el Cabildo Nulpe Medio, filial de la organización Camawari, a través de la Consejería de Derechos de los Pueblos Indígenas, Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario y Paz; a continuación se describen los graves hechos que a la fecha se presentan en su territorio:
1. El Cabildo Nulpe medio conformado por 16 comunidades y una población total de 2600 habitantes en un 95% Awapit hablantes, pertenecientes a la organización Camawari; se encuentra hace 2 meses y 21 días en situación de confinamiento, debido a los constantes combates, presencia de MAP, MUSE y AEI impidiendo la movilidad del pueblo Awá.
2. En la actualidad el confinamiento de la población indígena hace que no cuenten con provisiones para sobrevivir, hecho que afecta con mayor intensidad a niñas, niños, adolescentes, adultos mayores, mujeres en estado de embarazo y lactantes. Dentro de los componentes que requieren una atención de URGENCIA se encuentran la seguridad alimentaria debido a la carencia de provisiones y la desatención en materia de salud. A la fecha, en el contexto narrado han nacido 8 infantes bajo condiciones de inasistencia médica y hospitalaria con niveles probables de desnutrición por el desabastecimiento.
3. La Organización CAMAWARI ha denunciado esta grave situación ante la Defensoría del Pueblo, la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV) y la alcaldía del municipio de Ricaurte.
4. En asamblea y minga de pensamiento realizada en el cabildo Nulpe Medio el día 12 de Mayo de 2013, promovida para evaluar la condición de confinamiento de la comunidad y coordinar la ayuda humanitaria que haría entrega la UARIV, se determinaron fechas y lugares para efectuar la entrega subsidiaria, en primera instancia compuestas por kits de aseo, de cocina y elementos como frazadas y plásticos, además de coordinar la entrega de los alimentos correspondientes, determinando la logística debido al gran volumen de la misma.
5. Poniendo en conocimiento las decisiones de la Asamblea Awá al vocero de la UARIV y al alcalde de Ricaurte, se concretan lugares y fechas para la entrega de la ayuda humanitaria. En Nulpe Medio se realizaría el día sábado 18 de mayo a partir de las 8 am en el corregimiento de Altaquer, municipio de Barbacoas (comunidades de Guande, Planada, Chical Colombia, Peñas Blancas, Balsal, San Luis, Cuchilla de San Luis, Telpi, Guadual, Mojarra.) y en Andalucía se realizaría el día lunes 20 de mayo a partir de las 7 am en Chical, Ecuador (comunidades de Piguantis, Puente Piedra, Corozal, Chinambi y Hojala), acompañados del Gobernador del cabildo, regidores, guardia indígena, representantes de la UARIV y un delegado de la alcaldía como garantes de la entrega. La definición de los lugares y las fechas acogió se realiza previo análisis de las condiciones geográficas y de seguridad de la zona.
6. Dentro de las precisiones logísticas realizadas, se destaca la importancia de la coordinación en cabeza de la UARIV ante el Ministerio del Interior y demás entidades del SNARIV, con el fin de garantizar la entrega de los alimentos (casi cuatro toneladas) por vía aérea de alimentos, con el acompañamiento del Gobernador del cabildo y la delegada de la asamblea indígena.
7. El día sábado las autoridades indígenas en cabeza del señor gobernador, un representante de la UARIV y un delegado de la alcaldía de Ricaurte, hicieron entrega de la ayuda humanitaria (kits de aseo, de cocina y otros elementos como frazadas y plásticos), a la comunidad de Nulpe Medio según lo acordado en la asamblea, sin presentarse ninguna anomalía.
8. El día domingo el gobernador del cabildo y una delegada de asamblea se dirigieron a Chical, Ecuador para la entrega de la ayuda humanitaria para la comunidad de Anda Lucia, según el acuerdo previo concretado con la UARIV, sin embargo, al llegar al punto de encuentro se enteran que el alcalde de Ricaurte había decidido embodegar la ayuda humanitaria, sin consultar a la autoridad y desconociendo el mandato de la asamblea como máxima autoridad indígena; manifestando de forma arbitraria que la ayuda se entregaría el día jueves, sin consultar con el Gobernador indígena.
9. En el comunicado remitido a la ONIC por el Cabildo Nulpe Medio (Awain minta uzkɨntimtan), filial del Cabildo Mayor Awá de Ricaurte- CAMAWARI, se pone de presente la gravedad del hecho, teniendo en cuenta los niveles de vulnerabilidad en los que se encuentran a la fecha por la situación de confinamiento, a lo que se suma la confusión que se ha generado al interior de la comunidad, la ruptura de la armonía que ocasiona afectaciones espirituales y debilitamiento del proceso organizativo y, el desconocimiento de derechos tan relevantes para los Pueblos Indígenas como el gobierno propio y la autonomía.
Solicitudes.
1. Se dé cumplimiento a los acuerdos sobre los cuales se dispuso la entrega de la Ayuda Humanitaria, según lo establecido por la Asamblea Awá y convenido con la UARIV y las entidades territoriales a la mayor brevedad posible, teniendo en cuenta la gravedad de la situación afrontada por la comunidad a la fecha.
2. Al Ministerio del Interior, para que esta grave situación se discutida y resuelva con carácter urgente y a la mayor brevedad posible en el marco de la Mesa Awá, garantizando la protección de los derechos a la vida, a la integridad personal, a la seguridad personal, a la libertad de circulación, y a la prevención de las circunstancias que generan desplazamientos forzados, de la población confinada.
3. Al Ministerio Público para que direccione todos los esfuerzos necesarios para garantizar que las entidades cumplan con la debida diligencia frente a la situación presentada, posibilitando la salvaguarda de los derechos del Cabildo Nulpe Medio.
4. A las agencias internacionales y demás organizaciones de la sociedad civil solidarias con el Pueblo Awá, para que en el marco de sus funciones misionales exijan al Estado Colombiano realice las acciones necesarias para garantizar y proteger los derechos de la comunidad Indígena.
Datos de Contacto
Consejería de Derechos de los Pueblos Indígenas, Derechos Humanos, DIH y Paz: Consejero Alexander Dora, Tel.: (57 1) 284 2168, correo – e: [email protected]

