El juez civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Villavicencio, a través de la Dirección Territorial otorgó medidas cautelares para salvaguardar los derechos territoriales de los pueblos indígenas Sikuani, Saliva y Amorúa, quienes se han visto afectados por hechos de adjudicación a personas ajenas, intimidación por parte de grupos armados ilegales y discriminación.
La lucha por defender los derechos de la comunidad indígena Kanalitojo ha tenido varios obstáculos, porque a pesar de que la Organización Nacional Indígena de Colombia ha interpuesto varias acciones jurídicas para defender el territorio de la comunidad de Puerto Colombia, ha existido un desconocimiento de los derechos de los Pueblos Indígenas por parte de las autoridades judiciales. Así lo expresó la ONIC en un comunicado de denuncia ante la opinión pública, organismos internacionales, instituciones del Estado Colombiano, Organizaciones Indígenas y Defensoras de Derechos Humanos, el 18 de julio de 2013.
Del comunicado publicado el miércoles 22 de enero de 2013 por la Unidad de Restitución de Tierras se resalta:
“La comunidad indígena Kanalitojo, conformada por los pueblos Sikuani, Saliva y Amorúa, ha tenido como territorio ancestral desde hace más de cien años la zona rural del municipio de Puerto Carreño en el departamento del Vichada. Durante todo este tiempo, ellos, en su ejercicio de la vida nómada y seminómada, se han beneficiado de los recursos naturales que les brinda el entorno, estableciendo zonas de cultivos de yuca y plátano; elaborando artesanías en fibras de moriche y barro; y realizando actividades tradicionales de caza y recolección en las zonas altas de la sabana.
Estos aspectos, que constituyen parte de los derechos individuales y colectivos de esta comunidad, se encuentran en situación de riesgo desde el año 1995, cuando personas ajenas a la comunidad empezaron a generar acciones para apropiarse del territorio indígena. Una de estas acciones está relacionada con una querella policiva interpuesta por un ocupante en la que se ordena el ‘lanzamiento de la comunidad’, que implicaba su desalojo total sin dar lugar a los derechos fundamentales de la comunidad y desconociendo por completo la ancestralidad de la misma.
Como consecuencia de ésta, y otras situaciones conectadas con el conflicto armado, integrantes de los Pueblos Indígenas han salido desplazados hacia Venezuela o se han trasladado al basurero municipal de Puerto Carreño.
Frente a esta realidad, la Unidad de Restitución de Tierras interpuso solicitud de medidas cautelares para la protección del territorio de la comunidad Kanalitojo. Entre las pretensiones del documento se encuentran solicitar al juez que emita una serie de órdenes a entidades como el Incoder, la Procuraduría General de la Nación, la Alcaldía de Puerto Carreño, la Gobernación del Vichada y el Ministerio del Interior, que permitan forjar labores para evitar poner en riesgo la existencia física y cultural de los Pueblos Indígenas, además de abrir paso a la reparación integral y a la restitución de derechos territoriales, siendo esta una de las dos comunidades indígenas previstas por la misma Corte Constitucional como casos que requieren especial atención del Estado.”


