Contratación de quince (15) profesionales: politólogos, abogados, antropólogos, sociólogos, economistas o afines de las ciencias sociales, para el proceso de formulación del Plan Nacional de Desarrollo 2014 – 2018, a través del proceso de consulta y concertación con los Pueblos y Organizaciones Indígenas filiales de la ONIC.
1. ANTECEDENTES:
La Organización Nacional Indígena de Colombia – ONIC, es una organización de carácter nacional, que representa los derechos e intereses de los Pueblos Indígenas de nuestro país, fundada en 1982, bajo los principios rectores de Unidad, Territorio, Cultura y Autonomía. Como resultado la lucha y proceso de reivindicación de derechos, la ONIC hace parte de las organizaciones con asiento en la Mesa Permanente de Concertación con los Pueblos y Organizaciones Indígenas (MPC), creada por el Decreto 1397 de 1996, escenario que tiene por objeto la concertación entre los Pueblos Indígenas y el Estado, respecto de todas las decisiones administrativas y legislativas susceptibles de afectarlos, evaluar la ejecución de la política indígena del Estado, y hacerle seguimiento al cumplimiento de los acuerdos que allí se pacten.
De acuerdo con lo establecido en el Convenio 169 de 1989 de la OIT, ratificado en Colombia mediante la Ley 21 de 1991, la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, la jurisprudencia nacional e internacional que desarrollan estándares en la materia, así como lo previsto en la Ley 152 de 1994, la Consulta Previa es un derecho fundamental de los Pueblos Indígenas:
“Ha explicado la jurisprudencia que, en los casos de proyectos que son de iniciativa del Gobierno, a éste le corresponde establecer si la temática propuesta tiene incidencia directa sobre las comunidades tradicionales, para efectos de proceder con el proceso de consulta, previo a la presentación de la propuesta al Congreso de la República. Tratándose de proyectos de ley que no son de iniciativa gubernamental, el Gobierno, “tan pronto advierta que cursa un proyecto de ley en relación con el cual debe darse el proceso de consulta, debe acudir a las instancias previstas en la legislación para tales efectos, como la Mesa Permanente de Concertación con los Pueblos u Organizaciones Indígenas creada por el Decreto 1397 de 1996, para definir en ese escenario, las instancias y los mecanismos de consulta más adecuados antes de que prosiga el trámite legislativo…]”[1]
[1]Corte Constitucional Colombiana. Sentencia C-1051 de 2012, sobre constitucionalidad de la Ley 1518 del 13 de abril de 2012, “Por medio de la cual se aprueba el ‘Convenio Internacional para la Protección de Obtenciones Vegetales’, del 2 de diciembre de 1961, revisado en Ginebra el 10 de noviembre de 1972, el 23 de octubre de 1978 y el 19 de marzo de 1991”, la cual fue declarada Inexequible por no haberse llevado a cabo el proceso de consulta previa.
La Consulta Previa es un derecho fundamental que tienen los Pueblos Indígenas de Colombia, como sujetos colectivos. Este derecho debe ser garantizado y realizarse de acuerdo con lo previsto en la normatividad nacional, en el bloque de constitucionalidad, en la jurisprudencia nacional e internacional, con fundamento y respeto de la nuestra cosmovisión y leyes propias de los Pueblos, cuando se pretendan llevar a cabo o tomar decisiones administrativas o legislativas que nos afecten o puedan afectarnos.
En tal sentido, los Pueblos Indígenas y el Gobierno Nacional han concertado una ruta de consulta del Plan Nacional de desarrollo 2014- 2018, en sesión de la MPC del mes de septiembre de 2014.
2. OBJETIVO DEL PROYECTO:
Garantizar el derecho fundamental de Consulta Previa, el consentimiento previo, libre e informado de los Pueblos Indígenas, con la formulación e implementación del Plan Nacional de Desarrollo 2014 – 2018, a través de un proceso integral de consulta y concertación con las organizaciones indígenas con asiento en la MPC, basado en la comunicación efectiva, el diálogo intercultural, y el cumplimiento de la ruta metodológica protocolizada con los Pueblos Indígenas en la MPC (principios, tiempos, dinámicas, niveles de participación, organización, decisión y garantías presupuestales y operativas).
3. EQUIPO HUMANO REQUERIDO:
- 5 Profesionales en Ciencias Políticas
- 5 Profesionales en Economía
- 5 Profesionales en Derecho, Antropología, Sociología o profesiones afines de las Ciencias Sociales.
4. FUNCIONES:
1. Elaboración de metodologías e instrumentos de recolección y sistematización de información para el proceso de consulta previa del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018, en lo referente a las propuestas de los Pueblos Indígenas.
2. Acompañar y orientar las reuniones con las organizaciones indígenas del orden regional, zonal y local filiales de la ONIC.
3. Socializar y consultar las líneas de acción y las actividades específicas con sus respectivos responsables, a incluirse en el capítulo especial del PND 2014-2018 para Pueblos Indígenas.
4. Recolectar, sistematizar y analizar los insumos y propuestas de las organizaciones indígenas filiales de la ONIC para ser incluidas en la propuesta indígena sobre el Plan Nacional de Desarrollo.
5. Recolectar, sistematizar y analizar las propuestas concretas para la formulación de las salvaguardas respecto a los lineamientos generales de política de las bases del PND 2014-2018 formulado por el Gobierno Nacional.
6. Recoger temas y estrategias desde la mirada de las mujeres, jóvenes, mayores y mayoras para incidir, incluir y garantizar líneas de acción al respecto en el PND 2014- 2018.
7. Organizar y sistematizar la información recolectada, retroalimentada y validada en cada organización filial de la ONIC.
8. Organizar la Metodología de Trabajo, agenda y sistematizar la información necesaria para la realización de las Asambleas Macro Regionales.
9. Consolidar una propuesta insumo con los ejes estratégicos, líneas de acción y actividades especificas con responsables por cada Macro región, sobre el PND 2014- 2018.
10. Elaborar una propuesta de la ONIC sobre el capítulo especial de los Pueblos Indígenas para el PND 2014-2018, a ser presentada ante la Asamblea Nacional de Autoridades de la ONIC y demás organizaciones indígenas con asiento en la MPC.
5. PERFILES PROFESIONALES REQUERIDOS:
a) Profesional con título en Ciencia Política, Derecho, Antropología, Sociología o afines de las Ciencias Sociales.
b) Experiencia de tres (3) años en trabajo con organizaciones y/o pueblos indígenas, enfoque de género e intergeneracional. Conocimientos sobre los derechos de los pueblos indígenas, normatividad nacional e internacional.
c) Con experiencia en formulación de políticas públicas, planes de acción formulación de metas e indicadores.
6. DURACIÓN DE LA CONSULTORÍA:
La presente consultoría tendrá una duración de dos (2) meses, a partir de la firma del contrato.
7. RECEPCIÓN DE POSTULACIONES:
La fecha límite para el envío de la hoja de vida es el sábado 22 de noviembre de 2014, al correo electrónico [email protected], por favor indicar en el asunto del correo ‘Convocatoria PND 2014-2018‘. No se tendrán en cuenta en el proceso de selección las postulaciones que no cumplan con el perfil, o que lleguen de manera posterior a la fecha anotada.
ORGANIZACIÓN NACIONAL INDÍGENA DE COLOMBIA – ONIC


